EDITORIAL (Boletín 07/2016)
Con el número de registro 1906 culminó hace pocos días el largo camino de FeSProSa hacia la obtención de la personería gremial, camino iniciado hace ya siete años.
El artículo 14 bis de la Constitución dice que “el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial”.
Los sectores dominantes necesitan de la violación sistemática de la libertad sindical garantizada por el 14 bis para poder violar impunemente los derechos consagrados en la primera parte del artículo. No hay derecho que se cumpla por sí mismo si no existe la fuerza social que lo garantice. El sindicalismo “libre y democrático” al que alude el 14 bis fue históricamente perseguido no sólo por las dictaduras, sino también por gobiernos civiles de distinto signo. Si el kirchnerismo tomó la decisión política de destruir a la FeSProSa negándole sus derechos legales y no recibiéndola en el ámbito del Ministerio de Salud por siete años, el gobierno de Cambiemos aportó su granito de arena, demorando cinco meses el registro de personería gremial, trámite burocrático que no debía tardar más de 72 horas.
La legalidad plena no reemplaza a las asambleas, las movilizaciones ni a las medidas de acción gremial. Es un arma más para pelear contra gobiernos y patrones que se escudan en las normas vetustas y anticonstitucionales que sostienen el modelo del unicato.
Aquí estaremos entonces, en esta nueva etapa, construyendo con más fuerza que nunca el gran sindicato nacional que luche por los derechos de todos los trabajadores de la salud.