Reintegros por Salud

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Beneficio

Este beneficio debe ser considerado como COMPLEMENTARIO a aquel prestado en forma directa por la Obra Social, correspondiente al Afiliado/a y su Grupo Familiar Directo (Cónyuge e Hijos/as hasta 18 años inclusive).

Cabe aclarar que no es necesario solicitar los Reintegros por Salud a la Obra Social para que el programa de Servicios Mutuales de CICOP realice los reembolsos de los mismos.

Los Reintegros por Salud deberán solicitarse dentro de los 90 días posteriores a la fecha de emisión de la factura concerniente a la prestación y tendrán un límite anual por afiliado/a de $182.700. Este monto incluye su grupo familiar directo.

  • Vigente a partir de 1º de noviembre 2024.
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  • DNI del afiliado/a
  • Comprobante CBU -Cuenta Sueldo de Banco Provincia-.
  • Último Recibo de Sueldo
  • Solicitud de Reintegro
  • Factura de la Prestación
  • Prescripción Médica

(Vigente a partir de 1º de noviembre 2024)

Reintegros hasta el 31 de octubre 24

Reintegros hasta el 30 de abril 24

Reintegros hasta el 31 de julio 23

Reintegros hasta el marzo 2023

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