TANDIL: DICTAN SENTENCIA SOBRE EL AMPARO JUDICIAL INTERPUESTO POR CICOP TANDIL
El pasado 27 de octubre, el Tribunal del Trabajo de Tandil dictó sentencia sobre el Amparo Sindical presentado por nuestra Seccional contra la Municipalidad de Tandil.
La sentencia trató el pedido de CICOP tendiente a que lo dejen participar del debate y la elaboración del Convenio Colectivo de Trabajo entre las y los empleados municipales y la Municipalidad de Tandil. El Tribunal recordó que, con fecha 03/09/20, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un Amparo similar a este, estableció por mayoría que en la concertación de un convenio colectivo de trabajo sólo pueden participar los sindicatos con personería gremial. Esa decisión fue muy criticada por desandar el camino de la libertad sindical que la propia Corte había establecido en fallos anteriores.
El Tribunal del Trabajo dijo que la jurisprudencia del Tribunal Supremo del país tiene efectos de vinculación para todos los tribunales del país y que, por lo tanto, debía ajustarse a lo que en él se decida, más allá que se comparta o no. Por eso, dado que CICOP es una Asociación Sindical inscripta, pero que no cuenta con personería gremial para actuar en las municipalidades bonaerenses, desestimó el pedido que se le realizara.
La sentencia también trató el pedido de CICOP relativo a que la cuota de usufructo del Convenio Colectivo de Trabajo no sea impuesta obligatoriamente a las y los profesionales afiliados a CICOP. El Tribunal del Trabajo rechazó el pedido de CICOCP argumentando que la jurisprudencia tiene establecido que las cuotas de usufructo del convenio colectivo son válidas cuando no son desproporcionadas en su monto ni ilimitadas en su tiempo de duración, al tiempo que también tuvo en cuenta que los profesionales de la Salud fueron beneficiados por el convenio colectivo de trabajo con incrementos salariales al igual que al resto del personal, como así también con la incorporación y el traspaso a la planta permanente de 134 agentes afiliados a la Asociación de Profesionales.
La sentencia guardó silencio sobre uno de los argumentos centrales planteados por CICOP, quien dijo que no es neutral que las y los profesionales hayan elegido afiliarse a un Sindicato y no a otro y que, por eso, la imposición de la cuota de usufructo compulsiva equivale a que los obliguen a sostener económicamente al sindicato al que no están afiliados y que no los representa.
Por otra parte, CICOP también denunció que el cobro de la cuota de solidaridad acarrea una suerte de doble imposición de aportes personales, ya que sus afiliados deben pagar la cuota sindical a su sindicato y también deben pagar la cuota de solidaridad al sindicato que decidieron no afiliarse y que no los representa.
Atento a que estos argumentos centrales no fueron tratados en la sentencia, se está analizando la posibilidad de interponer un recurso judicial a fin de que el tema sea tratado y tenido en cuenta.
GENERAL PUEYRREDÓN: ENVÍAN NOTA AL INTENDENTE MUNICIPAL
La Comisión Directiva envió una nota al Intendente Municipal Guillermo Montenegro, solicitando el cumplimiento de las recategorizaciones adeudadas en Salud. Transcribimos la misma:
“¡¡No seguiremos tolerando el ninguneo y el destrato a lxs profesionales y trabajadorxs de la salud de la MGP!!
Nos exigen como personal esencial, pero incumplen nuestros derechos, excluyendo a la gran mayoría en las etapas de recategorizaciones ya planteadas para el 2020/2021.
Con compromiso sostenemos la atención y generamos estrategias de abordajes territoriales en la peor pandemia de los últimos tiempos, pero no naturalizaremos el salario insuficiente y el incumplimiento de sus responsabilidades en cuanto a la recategorización del personal (Ley 14656).
Quedó demostrado desde el comienzo de la pandemia que necesitamos fortalecer el sistema público de Salud y la estrategia de APS, no sólo para frenar el contagio del COVID, sino para poder cuidar la salud integral de la comunidad, siendo el recurso humano el principal eslabón.
Pero las autoridades municipales aparentemente tienen otras prioridades.
Reclamamos:
– Esquema de Recategorizaciones en el 2020 con un plazo para su efectividad hasta marzo 2021:
– De todxs los profesionales que no cobran en relación al título obtenido (por ejemplo, muchos Lic. en Enfermería). Situación irregular en muchos casos de hace más de 9 años y que no necesariamente depende de la Junta de Ascensos y calificaciones. ¡Basta de excusas!
– De todxs los profesionales y trabajadores de la Salud que han presentado a la Junta de Ascensos y calificaciones la documentación avalada por su jefatura trabada desde el año 2017, sosteniendo situaciones de profesionales con más 8 años de antigüedad que NUNCA ascendieron de categoría.
– Se efectivicen los ingresos frenados de profesionales y trabajadorxs dispuestos a trabajar en el primer nivel de atención que ya presentaron la documentación y ya están solicitados desde la Sec. de Salud.
– Conformación de mesa para la implementación de una Carrera Sanitaria Municipal que permita la jerarquización del personal y democratización de la estructura de la Secretaría de Salud para avanzar en el fortalecimiento y el mejoramiento de calidad de atención que la población necesita.
No seguiremos naturalizando el ninguneo y el destrato.
En Asamblea decidiremos los pasos a seguir.
No hay Salud Pública de calidad con trabajadorxs sin derechos”.
COMISIÓN DIRECTIVA – CICOP MGP